Expediente corporativo · Poderes

Poderes con facultades bancarias expresas.

El poder general de representación no basta para firmar con un banco. Redactamos el poder con las facultades que la institución exige, para que no lo rechacen a media operación.

Respuesta el mismo día hábil. Torreón, Gómez Palacio y Lerdo · inmuebles en Coahuila.

01 · Cuándo se necesita

La observación que más días de operación cuesta.

Es la observación número uno del jurídico bancario y la que más días de operación cuesta, porque aparece cuando el expediente ya iba avanzado. Un poder general para actos de administración y dominio no incluye, por sí solo, la facultad de suscribir títulos de crédito ni de otorgar garantías. Se revisa una vez y se corrige de raíz.

01

El banco rechazó el poder del apoderado durante la integración del expediente.

02

Se va a abrir cuenta, contratar crédito o firmar garantías a nombre de una sociedad.

03

Hay que suscribir pagarés, letras u otros títulos de crédito.

04

Cambió el apoderado y hay que otorgar poder nuevo y revocar el anterior.

05

El poder se otorgó en el extranjero y hay que protocolizarlo en México.

02 · Lo que revisa el jurídico del banco

Lo que decide si el instrumento resiste.

  • Que exista la facultad expresa para suscribir títulos de crédito, y no sólo la general.
  • Que la facultad para otorgar garantías esté señalada, si la operación las incluye.
  • Que el acta de la que emana el nombramiento esté protocolizada e inscrita.
  • Que el poder no esté revocado y que la vigencia sea acreditable el día de la firma.
  • Que el objeto social de la sociedad permita el acto que se va a celebrar.
  • Que existan límites de monto o firma mancomunada, y que se respeten.

03 · Lo que pedimos para arrancar

Con esto se abre el expediente.

La lista definitiva depende de la institución y del acto. Estos son los documentos que casi siempre se piden.

01

De la sociedad

  • Acta constitutiva y reformas
  • Datos de inscripción en el Registro de Comercio
  • Acta de asamblea o de consejo que designa
  • Constancia de beneficiario controlador
02

Del apoderado

  • Identificación oficial vigente
  • CURP y RFC
  • Comprobante de domicilio
  • Facultades que la institución exige por escrito
03

De la operación

  • Nombre de la institución y del producto
  • Instructivo o checklist de la institución
  • Poderes anteriores que se van a revocar
  • Límites de monto o firma mancomunada

04 · Cómo lo hacemos

Cuatro pasos, con fecha comprometida.

01

Revisamos el instructivo de la institución y los antecedentes, y le decimos qué falta antes de redactar una línea.

02

Entregamos el proyecto en el formato de la institución, con la cotización por escrito y el plazo estimado.

03

Coordinamos la firma, incluida la del apoderado del banco. Ese seguimiento no se le traslada al cliente.

04

Inscribimos y entregamos el testimonio. Antes de eso, la operación sigue abierta.

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05 · Preguntas frecuentes

Lo que preguntan antes de encargarlo.

Casi nunca. Se revisa el poder vigente contra el requerimiento de la institución y, en la mayoría de los casos, basta otorgar un poder nuevo con las facultades faltantes. Lo que no conviene es volver a intentar con el mismo documento.

Sí. Muchas instituciones lo exigen antes de la firma. Se expide la certificación de que el poder no ha sido revocado conforme a los antecedentes de la notaría.

Con la documentación corporativa completa, normalmente una cita. El plazo se alarga cuando falta protocolizar el acta que designa al órgano que otorga el poder.

Sí. Un poder puede otorgarse ante cualquier notario de la República y surte efectos en todo el país. No depende del domicilio social ni de dónde vaya a usarse.

Cobertura

Desde Torreón,
para toda la República.

Las escrituras sobre inmuebles se otorgan donde está el inmueble: para eso atendemos Torreón, Gómez Palacio, Lerdo y el resto de la Comarca Lagunera, y cualquier predio ubicado en Coahuila.

Los actos corporativos no tienen esa limitación. Poderes, protocolización de actas, copias certificadas, constancias de beneficiario controlador y constitución de sociedades se pueden otorgar aquí para una empresa domiciliada en cualquier estado, y surten efectos en todo el país. Si su matriz está en otra ciudad y su operación o su garantía están en La Laguna, esa parte se resuelve a distancia y sólo se viaja para lo que realmente lo exige.

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Notaría Pública No. ##
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